El Banco de España quiere que las entidades financieras generalicen el uso de otras referencias alternativas al Euribor para fijar el precio de las hipotecas. Para ello propone para las nuevas hipotecas el uso de referencias de deuda a corto y medio plazo como ocurre en Estados Unidos. En concreto, propone el “interest rate swap” a 5 años, que refleja el coste del dinero a este plazo sin prima de riesgo.
El objetivo de este cambio de indicador es reducir la dependencia del sistema hipotecario a los tipos de interés interbancarios a un año ya que hay mucha desconfianza entre los bancos y esto eleva el precio que se cobra por prestarse dinero. Los actuales hipotecados que tengan préstamos referenciados al Euribor seguirán teniendo las mismas condiciones pues el Euribor se mantendrá en esos contratos. Para las hipotecas de nueva constitución la potestad de cambiar el indicador referenciado al préstamo recaerá en las entidades financieras.
El tipo de interés de la deuda a medio plazo (por ejemplo, a 5 años) podría ser superior al Euribor. Por ejemplo, el pasado mes de abril el “interest rate swap” se situaba en el 3,2%, mientras que el Euribor a un año rondaba el 2%.
En la circular sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela también incluye otra novedad: eliminar el carácter oficial de los índices de préstamos hipotecarios de bancos, de cajas de ahorros y el indicador CECA.
Fuente: Idealista